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Condenaron a prisión perpetua al Clan Sena por el femicidio de Cecilia Strzyzowski

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La jueza técnica Dolly Fernández desestimó in limine el planteo de nulidad de la deliberación y del veredicto del jurado popular presentado por defensas de distintos imputados.

Prisión perpetua
Se rechazó el planteo de inconstitucionalidad de la pena de prisión perpetua promovido por varias defensas. En paralelo, se hizo lugar a la inconstitucionalidad del artículo 14 del Código Penal y del artículo 56 bis de la ley 24.660, vinculados a la libertad condicional y regímenes de ejecución, según los considerandos del fallo.

Absolución
Griselda Lucía Reinoso fue absuelta por unanimidad del jurado del cargo de encubrimiento agravado, sin imposición de costas.

Condenas por femicidio
César Mario Alejandro Sena fue condenado como autor de homicidio agravado por el vínculo y por mediar violencia de género (artículo 80 incisos 1 y 11, en función del 45 del Código Penal). Se impuso prisión perpetua, las accesorias del artículo 12 y costas.

Deberá cumplir la pena en el Servicio Penitenciario Provincial, sin traslados sin autorización judicial, por el hecho ocurrido el 2 de junio de 2023 en Resistencia, en perjuicio de Cecilia Marlene Strzyzowski.

Emerenciano Sena fue condenado como partícipe primario del mismo delito, a prisión perpetua, con las accesorias del artículo 12 y costas, bajo las mismas condiciones de cumplimiento y no traslado.

Marcela Verónica Acuña recibió igual calificación y pena como partícipe primaria, con idénticas accesorias y reglas de cumplimiento.

Condenas por encubrimiento
José Gustavo Obregón fue condenado como autor de encubrimiento agravado (artículo 277) a 5 años y 10 meses de prisión efectiva, más accesorias y costas.

Fabiana Cecilia González fue condenada como autora de encubrimiento agravado a 5 años de prisión efectiva, con accesorias y costas.

Gustavo Melgarejo recibió 2 años y 10 meses de prisión en suspenso por encubrimiento simple, con costas. Además, se le impusieron reglas de conducta por 3 años (fijar domicilio, abstenerse de consumir estupefacientes o abusar de alcohol, y no cometer nuevos delitos), bajo apercibimiento de revocar la condicionalidad.

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