La reciente decisión de la Justicia de intimar a Lázaro Báez para que pague una multa de más de 300 millones de dólares en el plazo de diez días, bajo apercibimiento de avanzar sobre su patrimonio, representa otro capítulo significativo del expediente conocido como la causa de la “Ruta del dinero K”. Esta sanción no solo tiene una dimensión financiera considerable, sino que abre interrogantes acerca de los mecanismos de ejecución de sentencias contra delitos económicos, la capacidad estatal de recuperación patrimonial y los límites del derecho penal en su interacción con garantías individuales.
Antecedentes y fundamento
El fundamento de la multa se basa en la sentencia firme dictada por la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal en febrero de 2023, que ratificó la condena por lavado de activos agravado a Báez, con una pena de 10 años de prisión. Esa sentencia reconoció la responsabilidad penal y estableció medidas de decomiso de bienes. Ahora, el juez Costabel, a cargo de la ejecución, ha decidido activar la multa establecida, sobre la base de la autoridad de cosa juzgada que le confiere firmeza al fallo original.
La defensa de Báez había presentado objeciones: alegó que la multa excede su patrimonio real, que otros decomisos ya aplicados y reclamos administrativos sumados hacen que la sanción sea de cumplimiento imposible, y que la unificación reciente de condenas —aún no firme— podría afectar el cálculo. También se planteó la supuesta inconstitucionalidad del artículo del Código Penal que regula las multas en casos de lavado, por considerar que puede vulnerar derechos fundamentales si la sanción resulta excesiva. Estas apelaciones fueron rechazadas por el juez Costabel, quien sostuvo que la multa también adquirió firmeza y que los argumentos de la defensa carecen de fundamento legal para modificar la ejecución del fallo.
La decisión tiene múltiples implicancias:
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Recuperación del daño
La multa, junto con los decomisos anteriores, constituye un intento del Estado de recuperar valores patrimoniales vinculados al delito. De hecho, ya se han decretado decomisos en montos importantes —unos USD 54,87 millones solo por los lavados cometidos entre 2010-2013, por ejemplo — y bienes inmuebles, vehículos y cuentas en el extranjero han sido intervenidos. -
Presión sobre el cumplimiento patrimonial
Exigir el pago en un plazo breve y bajo apercibimiento de medidas sobre el patrimonio crea una exigencia concreta sobre la defensa de Báez: demostrar capacidad para cumplir, negociar, alegar insuficiencia patrimonial si la hay, o bien enfrentar posibles embargos, secuestros o ejecuciones forzadas. -
Derechos y garantías
Los planteos defensivos no son meramente formales: sugieren que multas de esta magnitud podrían generar efectos que excedan lo punitivo para entrar en lo confiscatorio, lo que puede confrontar con principios constitucionales relativos al derecho de propiedad, al debido proceso, y a la razonable proporcionalidad de las sanciones. -
Credibilidad institucional y mensaje público
Que una causa estructuralmente ligada a acusaciones de corrupción en obra pública derive en decisiones firmes y sancionadoras, si se ejecutan de manera eficaz, puede reforzar la percepción de que la Justicia en casos complejos tiene capacidades de resolución. Al mismo tiempo, el retraso, la dilación o la parcialidad en la recuperación efectiva de bienes podrían generar apuestas críticas sobre la eficacia del sistema penal y la administración de justicia.
Posibles riesgos y desafíos
No obstante, la medida no está libre de obstáculos ni de efectos secundarios:
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Si parte del patrimonio invocado para la ejecución no está claramente identificado, ubicado o valorado, podría resultar difícil hacer efectiva la multa. Bienes en el extranjero, bienes subdeclarados o disputas sobre titularidad podrían demorar o debilitar la recuperación.
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Los procesos de apelación, unificación de condenas u otros recursos jurídicos pueden generar incertidumbre y dilaciones. Aunque la sentencia original haya sido declarada firme, las estrategias legales de la defensa pueden forzar revisiones complementarias, suspensiones provisionales u otras medidas cautelares.
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Si se considera que la multa excede lo que el condenado puede pagar de buena fe, existe el riesgo de que la sanción quede simbólica sólo si no existe mecanismo real de cobro, lo que podría afectar la percepción de justicia.
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En términos institucionales, hay un riesgo de politización de la causa: si sectores interpretan que la Justicia está siendo utilizada para enviar mensajes políticos más que para administrar deberes legales, la efectividad de la sanción puede quedar supeditada a expectativas públicas y narrativas mediáticas, lo que también puede generar reacciones de desconfianza.
Escenarios probables y posibles salidas
Frente al panorama actual, pueden vislumbrarse algunos escenarios:
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Cumplimiento efectivo: si Báez o su defensa logran reunir los fondos o activos necesarios, o negociar compensaciones, la multa se cobra y se integra al conjunto de medidas de reparación, reforzando el efecto disuasorio e incluyendo activos ya decomisados.
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Demanda de quiebre de cumplimiento: que la defensa logre demostrar fehacientemente que el patrimonio disponible no alcanza para hacer frente a la multa, buscando una reducción, fraccionamiento o incluso planteo de nulidad o inconstitucionalidad ante instancias superiores.
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Embargos patrimoniales y procedimientos de ejecución forzada: si no hay respuesta voluntaria, el Estado podría avanzar judicialmente sobre bienes inmobiliarios, cuentas bancarias, garantías internacionales o reclamos sobre activos fuera del país, siempre que existan mecanismos legales activables.
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Negociaciones políticas o legislativas: aunque menos probables, podrían surgir propuestas para reformas legales que modifiquen montos máximos de multas, criterios de proporcionalidad, o reglas de decomisos, si la causa alcanza visibilidad política significativa.
La multa de más de USD 300 millones impuesta a Lázaro Báez representa una sanción judicial de alto impacto, tanto por su monto como por su simbolismo en el contexto de las causas de corrupción en Argentina. Constituye una prueba de la capacidad del sistema judicial para sostener condenas firmes en delitos complejos y exigir responsabilidades patrimoniales.
Sin embargo, podría abrirse una línea de tensión entre la firmeza legal y la aplicación práctica: ¿qué tan eficiente será el Estado para hacer efectiva esta sanción, especialmente si el patrimonio real no resulta suficiente o si los bienes litigados se encuentran en jurisdicciones difíciles de alcanzar? En definitiva, el resultado de este episodio seguramente influirá en cómo se perciben las sanciones penales en delitos económicos y en la confianza ciudadana en la justicia que los persigue.